Certificados de nacimiento, matrimonio, cambio de nombre y/o apellido, y defunción
Certificados de nacimiento, matrimonio, cambio de nombre y/o apellido, y defunción
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Si dispone de una tarjeta de identidad de nueva generación u otro medio de identificación electrónica, puede solicitar los certificados electrónicamente: Enviar la solicitud a través del portal de servicios electrónicos. |
Los extractos de actos del estado civil son documentos que, desde 2017, sustituyen a los antiguos certificados de nacimiento, matrimonio, defunción o cambio de nombre o apellido. Los certificados emitidos durante la ocupación con simbología soviética no suelen ser aceptados por las autoridades extranjeras. En su lugar, se pueden solicitar extractos actuales de actos del estado civil.
No es obligatorio disponer de estos certificados, pero pueden ser necesarios para acreditar en el extranjero hechos registrados en Lituania (nacimiento, matrimonio, defunción, cambio de nombre o apellido). Los certificados se pueden solicitar al registrar el acto o posteriormente según necesidad.
Aunque los certificados emitidos por instituciones lituanas no tienen fecha de caducidad, las autoridades españolas suelen exigir que el certificado haya sido emitido recientemente, por ejemplo, con antigüedad máxima de 3 o 6 meses.
Certificados que pueden emitirse en el Consulado:
- Certificados de nacimiento, matrimonio, divorcio, defunción, cambio de nombre o apellido (u de otros datos del registro). Tasa consular: 20 euros.
- Junto con los certificados lituanos de nacimiento, matrimonio y defunción puede emitirse un formulario multilingüe en español (u otro idioma oficial de la UE) según el Reglamento (UE) 2016/1191, por lo que no es necesario traducir el documento. Tasa consular: 20 euros.
- Desde el 16 de febrero de 2019, conforme al Reglamento (UE) 2016/1191, ciertos certificados como los de nacimiento, matrimonio, divorcio, cambio de nombre o apellido y defunción no requieren legalización ni Apostille para su uso en la UE.
- Certificados de nacimiento, matrimonio (si el matrimonio fue disuelto, el certificado incluirá esta información) y defunción emitidos conforme a la Convención de Viena del 8 de septiembre de 1976. Estos certificados pueden emitirse si el ciudadano lituano nació, contrajo matrimonio o falleció en Lituania. Tasa consular: 20 euros.
- Los certificados en formato A, B o C según la Convención de Viena no requieren Apostilla ni traducción al español. Esta convención ha sido firmada, entre otros países, por: Austria, Bélgica, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Estonia, Grecia (no ratificada), Italia, España, Montenegro, Croacia, Polonia, Luxemburgo, Macedonia del Norte, Moldavia, Países Bajos, Portugal, Francia, Rumanía, Serbia, Eslovenia, Suiza, Turquía y Alemania.
- Si el certificado va a ser presentado fuera de la UE o en un país no adherido a la Convención de Viena, consulte la información aquí.
QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL CERTIFICADO
El certificado de nacimiento puede ser solicitado por la persona interesada (a partir de los 16 años), sus padres o tutores.
Certificados de matrimonio, divorcio, cambio de nombre o apellido u otros cambios en el registro pueden ser solicitados por la persona interesada o su representante legal (si es menor de 16 años).
Certificados de una persona fallecida pueden ser solicitados por su cónyuge, familiares cercanos o herederos legales y testamentarios.
También pueden ser solicitados por una persona autorizada, presentando un poder notarial. Si el poder fue emitido fuera de la UE, debe estar legalizado con la Apostilla. Si no está redactado en lituano, inglés o español, debe acompañarse de una traducción al lituano.
Los certificados en los consulados se emiten exclusivamente a ciudadanos lituanos. Ciudadanos de otros países deben solicitarlos directamente en las oficinas de Registros Civil de Lituania.
DONDE SE SOLICITA
1. A través del Portal de servicios electrónicos.
2. Por correo certificado o mensajería, enviando al Consulado:
- Formulario de solicitud.
- Copia del pasaporte o tarjeta de identidad válida del ciudadano lituano que realiza la solicitud, notarialmente certificada (puede hacerse en cualquier notaría en España; el coste habitual es de 3-4 euros).
- El pago de la tasa consular se realiza por transferencia únicamente tras recibir confirmación del Consulado, donde se indicará el importe y los datos bancarios.
- Plazo de expedición: 20 días laborables.
3. La solicitud se presenta acudiendo al Consulado persencialmente solo con cita previa (instrucciones para solicitar cita previa). La reserva de citas se realiza exclusivamente a través de internet. No se admiten solicitudes de cita por vía telefónica.
- El pago de la tasa consular se realiza únicamente con tarjeta bancaria en el consulado:
- Certificado – 20 euros
- Certificado con formulario multilingüe – 40 euros
- Certificado según la Convención de Viena – 20 euros
- Envío a domicilio en la península – 10 euros; a las Islas Baleares – 16 euros
- Plazo de servicio: 20 días laborables.